Verifactu y los nuevos plazos: qué cambia, qué se mantiene y qué debes tener en cuenta

Camille Mendonça, Experta en fiscalidad en España
Camille MendonçaExperta en fiscalidad en España
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Verifactu es el nombre por el que se conoce la normativa impulsada por la AEAT, dentro del marco de la Ley Antifraude, que regula los sistemas informáticos de facturación para garantizar trazabilidad e impedir manipulaciones (RRSIF). Hasta hoy, los plazos límite para utilizar sistemas antifraude eran el 1 de enero de 2026 para sociedades, y el 1 de julio de 2026 para el resto de contribuyentes, siempre que no estuvieran acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).

Pero antes de entrar en lo que ha cambiado, queremos empezar por lo obvio: muchas empresas, profesionales y proveedores de software ya habéis invertido tiempo, dinero y recursos en adaptarse antes de la fecha. Reuniones, desarrollos, integraciones, pruebas, asesoramiento legal, cambios de procesos internos… y ahora, de repente, un nuevo giro. Es normal sentir cansancio y confusión sobre qué pasa a partir de aquí.

Nuevas fechas límites para el cumplimiento de Verifactu

Tras el Consejo de Ministros del 2 de diciembre se comunicó un cambio en los plazos límite para los contribuyentes. El miércoles 3 de diciembre se ha publicado el Real Decreto en el BOE que pretende extender los plazos para el uso obligatorio de Verifactu:

  • 1 de enero de 2027: si tributan en el Impuesto sobre Sociedades
  • 1 de julio de 2027: resto de contribuyentes

Ahora bien, ¿qué significa esta actualización y qué implicaciones tendrá? En este punto, lo más importante es confirmar qué cambia y qué se mantiene tal cual.

Lo que cambia: más margen para los rezagados

Este ajuste en el calendario significa que, en la práctica, quienes todavía no habían iniciado la transición a Verifactu tendrán más margen para cumplir a tiempo. Es decir, no es un retraso de la norma, sino una ampliación en las fechas límite de cumplimiento para los rezagados, que les permitirá contar con 12 meses más para llegar en condiciones.

Y esto importa porque el riesgo de interpretación es real: quedarse con el titular de “no es obligatorio hasta 2027” puede dar una falsa tranquilidad y, en muchos casos, convertirse en un problema.

Lo que se mantiene: el software ya debería estar listo desde julio de 2025

Aquí va el mensaje que conviene dejar muy claro: la entrada en vigor para fabricantes y proveedores de software de facturación ya estaba en marcha desde el 29 de julio de 2025. Eso no ha cambiado y podemos verlo directamente en el Real Decreto del 3 de diciembre:

Los obligados tributarios del artículo 3.2 (fabricantes de software), en relación con sus actividades de producción y comercialización de los sistemas informáticos, deberán ofrecer sus productos plenamente adaptados al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera este real decreto, sin perjuicio de la obligada adaptación de los sistemas incluidos en contratos de mantenimiento plurianual conforme a las fechas señaladas anteriormente.

Esto quiere decir que, cualquier empresa que compre, cambie o actualice su Sistema Informático de Facturación debe hacerlo con un software ya adaptado a los sistemas antifraude. 

Como se detalla en la tabla de la página 5 de la página de preguntas frecuentes de la AEAT:

(…) el 29/07/2025, que es cuando los productores y comercializadores de sistemas informáticos de facturación (SIF) están obligados a proporcionar solo SIF adaptados, salvo en el caso de contratos de mantenimiento vigentes (…). Esta es una fecha clave para los productores y comercializadores.

Dicho de otra forma: aunque se conceda más margen a quienes aún no llegan a tiempo a las fechas límite, el mercado del software no puede parar. La exigencia de que el software esté preparado ya se venía aplicando y se seguirá aplicando.

Contratos de mantenimiento plurianual: con más colchón…pero con cuidado

Además, se pone un foco especial en los contratos de mantenimiento plurianual: son aquellos en los que puede haber más flexibilidad, pero no deben confundirse con una prórroga general.

La idea de “no es obligatorio hasta 2027” puede sonar cómoda, pero en la práctica: puede retrasar decisiones críticas (migración, actualización, elección de proveedor), y puede aumentar el riesgo cuando llegue el momento de cumplir de verdad, con menos margen operativo del que parece hoy.

Próximos pasos: adaptación más gradual, pero Verifactu no se detiene

En líneas generales, el nuevo calendario permite una adaptación más gradual para quienes no llegaban a tiempo, pero Verifactu sigue en marcha. No es apagar la maquinaria, es ganar tiempo para hacer las cosas bien, y cuanto antes se use ese margen, mejor:

  • Probar integraciones con mayor control, sin urgencias de última hora.
  • Afinar procesos internos, formación y soporte.
  • Validar datos y escenarios reales, antes de que el cumplimiento sea contra reloj para contribuyentes.

La clave es entender el matiz: no se ha frenado la norma; se ha habilitado una ventana adicional para que los rezagados lleguen, pero no supone en ningún caso una invitación para que quienes ya cumplen dejen de hacerlo.

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Ahora más que nunca: la importancia de elegir el partner adecuado

Este ajuste del calendario puede ser una buena noticia para quien necesitaba aire, pero también es un recordatorio: los cambios y matices normativos existen, y pueden impactar costes, roadmap y riesgos.

Por eso, ahora más que nunca es crítico elegir un partner de confianza, que se mantenga a tu lado durante el camino. Estamos viendo que el desarrollo propio, que sobre el papel podía parecer la opción más económica, se convierte rápido en un coste real: personal, mantenimiento, incertidumbre, cambios inesperados…

Ahí es donde una API como fiskaly SIGN ES marca diferencia:

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  • Y, muy importante en este contexto: si el despliegue normativo se mueve, tus costes también. Hasta que no empieces a usarlo, pagas 0€.

Sabemos por nuestra experiencia en otros mercados europeos que los proveedores de software con mayor cuota de mercado hoy son, en muchos casos, los que se adelantaron y se adaptaron al cumplimiento mucho antes de la fecha límite. No solo ganaron ventaja ante su competencia, sino que la tradujeron en confianza del mercado, mejor posicionamiento y más crecimiento.

Nuestro enfoque es sencillo: sin prisa, pero sin pausa. Aprovechemos este periodo para testear la solución, realizar controles de calidad, y llegar a 2027 con una integración sólida y sin sorpresas. En fiskaly, queremos que te sientas acompañado en cada paso. Sea cual sea tu duda o preocupación, escríbenos y lo solucionaremos juntos.

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