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Qué es Verifactu: preguntas frecuentes para desarrolladores de software

En los webinars que hemos ofrecido recientemente, hemos recibido una enorme cantidad de dudas sobre la normativa y nuestra API Verifactu. Por eso, hemos preparado este post recopilatorio con las preguntas más frecuentes y sus respuestas. Encuentra aquí las respuestas que necesitas para adaptar tu software de manera sencilla y cumplir con la Ley Antifraude.

Tres personas trabajando en sus ordenadores en una oficina

En fiskaly, sabemos que la transición hacia el cumplimiento de Veri*factu genera muchas preguntas para autónom@s, empresas y especialmente para desarrolladores de software, que tendrán que cumplir antes que nadie con los requisitos técnicos de la ley, con fecha límite del 29 de julio de 2025. En los webinars que hemos ofrecido recientemente, hemos recibido una enorme cantidad de dudas sobre la normativa y nuestra API Verifactu. Por eso, hemos preparado este post recopilatorio con las preguntas más frecuentes y sus respuestas. Esperamos que aquí encuentres las soluciones que necesitas para adaptar tu software de manera sencilla y cumplir con la Ley Antifraude.

ℹ️ Las respuestas a estas preguntas proporcionadas por fiskaly Iberia S.L. son exclusivamente informativas y no tienen validez legal. fiskaly Iberia S.L. no es una empresa de consultoría fiscal, sino una desarrolladora de software fiscal, por lo que la información que ofrece es de carácter orientativo. En cualquier caso, cualquier actividad relacionada con la facturación y la fiscalidad debe ser consultada siempre y sin excepción con un asesor fiscal que entienda las implicaciones específicas de cada normativa para cada empresa o profesional en particular.

Obligación del cumplimiento de Verifactu para distintos tipos de empresas y desarrolladores de software

Sí, la obligatoriedad de los sistemas Verifactu incluye todas las transacciones registradas, ya sean facturas simplificadas o completas.

Sí, Verifactu aplica a cualquier software en España con capacidad de facturación, ya sean TPV, ERP, sistemas de gestión hotelera (CMS), programas de facturación comercializados por desarrolladores independientes (ISV), o software empresariales desarrollados a medida.

Sí, Verifactu será obligatorio para la emisión de cualquier tipo de facturas efectuadas en España por una empresa con sede fiscal en territorio español (exceptuando las tres provincias del País Vasco, que tienen que cumplir con TicketBAI, y las empresas con sede fiscal en Navarra, cuya normativa para el reporting fiscal está en proceso).

Las normativas de SII (Suministro Inmediato de Información) y Verifactu coexistirán, pero no se ha especificado si pueden aplicarse paralelamente de manera opcional. En principio, una empresa que ya tenga que cumplir con el SII, no tendrá que cumplir de manera adicional con Verifactu.

La normativa indica que las sanciones serán compartidas entre la empresa que usa el software y el desarrollador, si éste no cumple con los requisitos de la ley. Las sanciones por incumplimiento serán de hasta 50.000€ al año para el contribuyente que utilice un software no acorde a norma, y hasta 150.000€ por año y cliente para la empresa fabricante o distribuidora de software, si éste no cumple los requisitos de la Ley Antifraude.

La norma es clara en este sentido: todos los software con capacidad de facturación en España deben cumplir con los requisitos de la normativa Verifactu, aunque el contribuyente será quien elija a qué modalidad del envío se acoge.

Todos los software de facturación que operen en España estarán obligados a cumplir con los requisitos de los software antifraude a partir del 29 de julio de 2025. El no cumplimiento de la normativa en tiempo podrá suponer sanciones significativas. Por ello es importante empezar cuanto antes a buscar una solución sencilla que permita a tu software no solo cumplir con la normativa antes del 29 de julio de 2025, sino que se mantenga constantemente actualizado a lo largo del tiempo para asegurarse de cumplir siempre con los requisitos técnicos de la AEAT. Si te interesa, puedes echarle un vistazo a nuestra API Verifactu.

Si los ingresos por alquiler son percibidos por una empresa o profesional en el ejercicio de su actividad económica, estarán sujetos a las obligaciones establecidas por el reglamento Verifactu. Esto implica que deberán utilizar sistemas de facturación que cumplan con los requisitos técnicos y legales establecidos en la normativa.

La normativa detalla que el contribuyente será quien elija si quiere acogerse al modo Verifactu o No-Verifactu. Además, el contribuyente puede escoger cambiar de modo No-Verifactu a Verifactu en cualquier momento del año, pero una vez acogido al modo de envío Verifactu, deberá permanecer en esa modalidad hasta el final del año fiscal, es decir, hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.

La normativa Verifactu afecta a todos los tipos de facturación, ya sean B2B o B2C. Cualquier transacción y factura emitida, deberá cumplir con los requisitos técnicos de la Ley Antifraude.

Sí, la Ley Antifraude es de carácter obligatorio en todo el territorio español, exceptuando las tres provincias del País Vasco y Navarra, que contarán con su propia normativa de reporting fiscal.

La AEAT está trabajando en una plataforma de acceso gratuito para autónomos y empresas con bajo volumen de facturación. La introducción de datos en esta plataforma se realizará de manera manual, por lo que no será la solución más óptima para empresas con un volumen de facturación medio-alto, o que necesiten automatizar este proceso para ahorrar tiempo y recursos. Para ello, existen diferentes soluciones en el mercado que permitirán cumplir con los requisitos técnicos de la normativa, como nuestra API Verifactu. Si tienes dudas sobre cómo implementar la API, puedes visitar nuestra página para desarrolladores donde encontrarás la documentación técnica y guías de implementación.

Requisitos técnicos de facturación y funcionamiento de Veri*factu

En caso de producirse un corte de energía, un fallo informático, un problema de conexión a internet, o el servicio de la Sede Electrónica de la AEAT estuviera temporalmente inoperativo, se ampliarían los plazos de remisión hasta el restablecimiento de servicio. Ninguna incidencia que afecte a la remisión a la AEAT supone que deba interrumpirse la facturación de la empresa. La actividad podrá continuar con normalidad, mientras los sistemas deberán enviar los registros tan pronto se recupere la conexión.

La AEAT ofrece dos opciones para el cumplimiento de la Ley Antifraude. El primero de ellos es el modo Verifactu, que implica el envío de todos los registros de facturación a tiempo real a Hacienda en el momento en el que se realiza una transacción. En el modo No-Verifactu, los registros no tendrán que enviarse a la AEAT en tiempo real, pero sí deberán firmarse electrónicamente (con su consecuente gestión de los certificados de firma) e igualmente deberán almacenarse para poder ser enviados en cualquier momento a la AEAT, en el caso de que lo requieran, por ejemplo, durante una auditoría. Cumplir con alguno de estos dos métodos de reporting fiscal es obligatorio para todas las empresas y profesionales, pero cada contribuyente podrá escoger si se adhiere al modo Verifactu o No-Verifactu.

Sí, las facturas emitidas bajo el sistema Verifactu deberán incluir un código QR y el texto "VERIFACTU" o la frase “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”. El código QR deberá ser acorde a las especificaciones técnicas, donde se especifican las dimensiones del código y las condiciones técnicas de su generación. El contenido del código QR será una URL de verificación de la transmisión de la información en la Sede electrónica de la AEAT, incluyendo información de la factura emitida y su emisor. Únicamente para facturas emitidas en formato electrónico, se admite reemplazar el código QR por la URL contenida en el mismo.

En el modo No Verifactu, las facturas también deben incluir un QR. Este QR puede ser utilizado para futuras verificaciones en caso de auditorías o requerimientos por parte de la AEAT, aunque no haya una comunicación en tiempo real.

Los contribuyentes que cumplen con el SII están excluidos de la impresión del código QR en las facturas.

Según lo que establece la normativa Verifactu, cualquier cambio en una factura que implique modificar su contenido, ya sea económico o no económico (como observaciones, dirección de entrega, etc.), requerirá la emisión de una factura rectificativa.

No, los saltos en la numeración de facturas no está permitido. Las facturas deben incluir siempre una numeración correlativa.

Dependerá del modo de cumplimiento. Si te acoges al modo Verifactu, sí es necesario enviar esa información en tiempo real a Hacienda para su contabilización. En el modo No-Verifactu, una vez la factura está firmada y almacenada, se entiende como factura definitiva.

Declaración Responsable para Verifactu

En el caso de Verifactu, la homologación de los software garantes se hará mediante Declaración Responsable. De momento, la AEAT no ha compartido los modelos o el proceso exacto, pero desde fiskaly estamos en constante conversación con la AEAT y facilitaremos este proceso al máximo posible a nuestros clientes.

El contribuyente no requiere una Declaración Responsable, sino que es un requisito únicamente para fiskaly, y el fabricante o proveedor de software.

SIGN ES: funcionamiento de la API Verifactu de fiskaly

La firma digital que utiliza SIGN ES pertenece a fiskaly, como colaborador social.

Con nuestra API Verifactu, los ficheros se firman con el certificado de fiskaly. Para ello, es necesario firmar un documento de representación entre fiskaly, el contribuyente y/o el POS.

Sí. Nos encargamos de almacenar todos los registros con la garantía que supone nuestro certificado ISO 27001 durante un periodo superior a los establecidos por ley para diferentes tipos de facturas.

Una vez integrada nuestra solución SIGN ES, y mientras el contrato esté en vigor, fiskaly se encarga del almacenamiento de estos ficheros. Todos los ficheros están disponibles desde el dashboard de nuestra API para que puedas acceder fácilmente.

Siempre se envía un archivo JSON con los datos relevantes de la factura, especificados en la documentación.

Sí, con SIGN ES podrás controlar todas las acciones mediante endpoints.

El software deberá contar con su propia declaración responsable en forma y accesibilidad establecidas en el reglamento correspondiente. Desde fiskaly estamos elaborando una guía sencilla para que nuestros clientes tengan claro contenido y procedimiento.

Sí. La API Verifactu de fiskaly cumple con todos los requisitos técnicos de la normativa, y cuenta con un sistema de revisión de ficheros rechazados para que siempre dispongas de la información en caso de incidencia. La integración incluye endpoints para efectuar todas las acciones que contempla el reglamento.

En la guía de integración de SIGN ES, en la parte dedicada a creación de facturas, encontrarás todos los posibles campos a contemplar en una factura.

Sí se puede. Aquí puedes encontrar un tutorial con más detalles, publicado recientemente por uno de nuestros clientes.

Nuestra API dispone de endpoints para que cada usuario del software pueda aportar esta información de manera autónoma, tal y como obliga la normativa.

Desde fiskaly, siempre tratamos de adaptarnos a nuestros clientes en función de su tamaño, volumen de transacciones, modelo de negocio, etc. Si te interesa conocer nuestros precios en detalle, escríbenos y comentamos vuestro caso en particular.

Así es, nuestra API SIGN ES combina el cumplimiento de TicketBAI y Verifactu bajo una única integración. A raíz de nuestra amplia experiencia en otros mercados europeos y el tiempo que llevamos trabajando con TicketBAI, nos hemos dado cuenta de que, para los desarrolladores de software, lo importante no es solo implementar la solución inicial para cumplir con las diferentes normativas, sino mantener el software constantemente actualizado para asegurarse de cumplir en todo momento con los requisitos de las diferentes autoridades tributarias y evitar así sanciones que, como hemos visto, son bastante significativas. Además, con nuestra API SIGN ES no solo cumplirás con Verifactu y TicketBAI, sino que en un futuro próximo también te permitirá cumplir con la normativa fiscal que está en desarrollo para Navarra, así como con los requisitos de la factura electrónica obligatoria B2B acorde a la Ley Crea y Crece. Por tanto, con una sola integración, podrás asegurar el cumplimiento con las próximas normativas fiscales y de facturación en España.

Verifactu para desarrolladores de software 2025

Adelántate a tu competencia y convierte el cumplimiento fiscal en una ventaja con esta guía con todo lo que debes saber sobre Verifactu, y cómo adaptarte fácilmente sin cambiar tu software.

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