Crea y Crece, SII y Verifactu se mencionan juntos tan a menudo que es fácil asumir que son tres formas distintas de cumplir el mismo requisito.
No lo son.
Cada uno es un mandato independiente que responde a una pregunta distinta: quién debe emitir facturas B2B estructuradas, quién debe declarar el IVA en tiempo real, y qué software de facturación debe estar certificado; una misma empresa puede estar sujeta a más de uno a la vez. Facturae queda por debajo de los tres como el formato de factura B2G más antiguo, no como un cuarto mandato que compita por el mismo hueco.
Esta guía aclara qué mandato se aplica a qué empresa. La guía de fiskaly sobre el panorama de cumplimiento fiscal en España para 2026 ya cubre el calendario práctico 2026-2027 para proveedores de software. Así que, en esta pieza nos centramos en qué exige realmente cada mandato y cómo se relacionan entre sí.
En resumen
- La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) es el mandato español de factura electrónica B2B. Su reglamento técnico, el Real Decreto 238/2026, se publicó en marzo de 2026; la Orden Ministerial que activa la cuenta atrás está prevista para octubre de 2026, con un plazo de octubre de 2027 para empresas con más de 8 millones de euros de facturación y octubre de 2028 para el resto, sea cual sea su tamaño.
- El SII (Suministro Inmediato de Información) es una obligación de reporte de IVA en tiempo real, vigente desde julio de 2017 para empresas con facturación superior a 6 millones de euros, grupos de IVA y empresas bajo el régimen de devolución mensual, y exige que los datos de la factura lleguen a la Agencia Tributaria en un plazo de cuatro días hábiles.
- Verifactu es un régimen de certificación de software antifraude que se aplica a empresas por debajo del umbral de 6 millones de euros del SII; se vuelve obligatorio para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades desde el 1 de enero de 2027, y para el resto de contribuyentes desde el 1 de julio de 2027.
- El SII y Verifactu son mutuamente excluyentes, pero solo en una dirección: un contribuyente con una facturación inferior a 6 millones de euros puede optar por el SII en lugar de Verifactu, mientras que un contribuyente ya obligado a usar el SII no puede elegir Verifactu en su lugar.
- La Ley Crea y Crece se suma al SII y a Verifactu en lugar de sustituir a ninguno de los dos, y se aplicará a toda empresa que facture a otra empresa dentro de España, sea cual sea su tamaño, en cuanto entre en vigor su Orden Ministerial. Facturae, al ser un formato documental y no un mandato, queda fuera de esta comparativa.
- Los sistemas regionales añaden más complejidad: TicketBAI ya está en vigor en todo el País Vasco, y NaTicket, su equivalente en Navarra, todavía no está en vigor. Ambos quedan completamente fuera de Verifactu, que no se aplica en ninguna de las dos regiones, pero no fuera del SII, que es una obligación nacional que sigue aplicándose allí.
¿Dónde encaja Facturae?
Facturae es el esquema XML estructurado de España, obligatorio para la facturación B2G a las administraciones públicas desde enero de 2015 bajo la Ley 25/2013, y se presenta a través de la plataforma FACe con firma digital.
Define el propio documento, qué datos lleva la factura y en qué estructura, no cómo ni si esos datos se declaran por separado a la agencia tributaria. Un proveedor que factura a un organismo público español necesita un archivo XML en formato Facturae, firmado y transmitido a través de FACe. Facturae también aparece como una de las sintaxis aceptadas bajo el Real Decreto 238/2026, junto con UBL alineado con EN 16931, así que no desaparece cuando entre en vigor la Ley Crea y Crece. Simplemente no es un mandato como sí lo son el SII, Verifactu y Crea y Crece, y por eso queda fuera de la comparativa a tres bandas de esta guía.
¿Qué es el SII, y cómo funciona?
El SII (Suministro Inmediato de Información) es una obligación de reporte de IVA en tiempo real, totalmente independiente de Facturae, que exige a las empresas afectadas enviar los datos de cada factura a la agencia tributaria en un plazo de cuatro días hábiles desde su emisión o recepción.
Es obligatorio desde el 1 de julio de 2017 para empresas con una facturación anual superior a 6 millones de euros, empresas bajo el régimen de devolución mensual del IVA (REDEME) y grupos de IVA, lo que cubre a unos 75.000 contribuyentes. Las empresas por debajo de ese umbral de 6 millones también pueden acogerse al SII de forma voluntaria en lugar de Verifactu, aunque la elección solo funciona en una dirección: una empresa obligada a usar el SII no puede cambiarse a Verifactu. El SII no exige un formato de factura concreto como sí hace Facturae; una empresa puede seguir emitiendo facturas en PDF o en papel mientras declara por separado los datos correspondientes a la AEAT. También se aplica en todo el territorio nacional, incluidos el País Vasco y Navarra, donde TicketBAI y NaTicket regulan por su parte el software de facturación certificado sin sustituir la obligación de reporte del SII. Esa es la distinción central: Facturae regula el documento de la factura en sí, mientras que el SII regula una obligación paralela de reporte de datos que se aplica sea cual sea el formato en que se emitió la factura.
¿Qué es Verifactu, y a quién afecta realmente?
Verifactu es un régimen de certificación de software antifraude, dentro del marco más amplio de los SIF (Sistemas Informáticos de Facturación), que se aplica a las empresas por debajo del umbral de 6 millones de euros del SII, en lugar de regular un formato de factura o un plazo de reporte concretos.
Los desarrolladores de software han tenido que ofrecer sistemas compatibles con Verifactu desde julio de 2025, pero la obligación de que las propias empresas usen software certificado llega más tarde: el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2027 para el resto. El SII y Verifactu son mutuamente excluyentes, pero solo en una dirección: una empresa por debajo del umbral de 6 millones puede optar por el SII en su lugar, y en ese caso el Real Decreto 254/2025 la exime por completo de Verifactu, pero una empresa ya obligada a usar el SII no tiene esa misma opción de recurrir a Verifactu. El reporte en tiempo real del SII ya ofrece la misma visibilidad antifraude que Verifactu busca aportar, y esa es la lógica detrás de que la exención solo funcione en un sentido. Verifactu tampoco se aplica en el País Vasco ni en Navarra, donde TicketBAI y NaTicket cubren el requisito equivalente de software certificado.
¿Qué es la Ley Crea y Crece, y sustituye a alguno de estos mandatos?
No. La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) se suma al SII y a Verifactu en lugar de sustituir a ninguno de los dos, y se aplicará a toda empresa que facture a otra empresa dentro de España, sea cual sea su tamaño, en cuanto entre en vigor su Orden Ministerial.
La ley en sí data de septiembre de 2022, pero su desarrollo técnico esperó más de tres años a un reglamento adicional. El Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026, fijó por fin los formatos aceptados, UBL alineado con EN 16931, junto con Facturae, y los requisitos de interconexión entre plataformas. Ese Real Decreto sigue dejando en manos de una Orden Ministerial separada el inicio real de la cuenta atrás, prevista para octubre de 2026 en el momento de escribir esto. Una vez entre en vigor esa Orden, las empresas con una facturación superior a 8 millones de euros tendrán 12 meses para cumplir, lo que sitúa el plazo en octubre de 2027, y el resto de empresas o autónomos, sea cual sea su tamaño, tendrán 24 meses, con el plazo en octubre de 2028. A diferencia del SII y Verifactu, que reparten obligaciones según la facturación, Crea y Crece no establece una exención por tamaño; solo cambia el plazo. Una empresa mediana podría verse sujeta de forma realista al SII por sus obligaciones de reporte, a Facturae y FACe por sus facturas al sector público, y con el tiempo a Crea y Crece por sus ventas al sector privado: tres mandatos funcionando en paralelo, no uno sustituyendo al otro.
