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Sanciones e inspecciones: cuánto cuesta un software de caja no conforme en Francia

Cuánto cuesta el incumplimiento: la multa de 7.500 € por software, 30 días para aportar la prueba y 60 para regularizar.

Pago con smartphone en un TPV de tableta sobre el mostrador de una cafetería

Sanciones e inspecciones: cuánto cuesta un software de caja no conforme

Utilizar un software de caja que no cumple los requisitos ISCA expone a la empresa a una multa de 7.500 € por software, prevista en el artículo 1770 duodecies del CGI. Esa multa se constata mediante un control específico sobre el terreno, y no es el único riesgo: un documento acreditativo falsificado constituye un delito penal, y un documento que ya no corresponde a la versión utilizada puede dejar a una empresa en situación de incumplimiento sin darse cuenta. Así funciona el riesgo, y así se reduce.

La multa: 7.500 € por software

El artículo 1770 duodecies del CGI fija una multa de 7.500 € por software o sistemas de caja no conformes. Se impone a la empresa que utiliza el software, ya sea propietaria o arrendataria. La exposición no se limita a unos únicos 7.500 €: una empresa que utiliza varios sistemas no conformes puede ser multada por cada uno, por lo que el importe crece con el tamaño de la instalación en lugar de ser un pago único.

Cómo se desarrolla una inspección: el control sobre el terreno

La verificación se realiza mediante un procedimiento específico previsto en el artículo L. 80 O del LPF, y no mediante el procedimiento escrito y lento que muchos esperan. Los agentes pueden presentarse sin previo aviso en los locales profesionales, durante el horario de apertura (por lo general entre las 8:00 y las 20:00), entregar un aviso de intervención y exigir que se muestre de inmediato un documento acreditativo válido: un certificado de un organismo acreditado (LNE o InfoCert) o una declaración individual del editor conforme al modelo oficial. También pueden probar el software en directo, por ejemplo intentando una eliminación o revisando los registros.

Si no puede presentar un documento válido durante la visita, no se le sanciona en el acto. El agente levanta un acta (procès-verbal), y usted dispone entonces de 30 días desde esa acta para aportar el certificado o la declaración. Si lo aporta a tiempo, no se debe multa alguna. Si incumple el plazo de 30 días, se aplica la multa de 7.500 €. Dispone entonces de un plazo de 60 días, contado desde el día siguiente al acta (el mismo punto de partida que los 30 días), para poner el sistema en conformidad. Si una inspección posterior comprueba que el sistema sigue sin ser conforme, puede imponerse otra multa de 7.500 €. Este control sobre el terreno es distinto de una inspección contable completa, que puede sucederle.

El documento debe corresponder a la versión exacta en uso

Un certificado o una declaración solo es válido para una versión mayor concreta del software. Si el editor modifica cualquier parte del código que afecta al perímetro fiscal seguro —inalterabilidad, firma, registro, archivado—, se crea una nueva versión mayor, que necesita su propio certificado o declaración actualizados. Una versión menor que deja intactas esas funciones sigue cubierta.

La trampa práctica: un comerciante que utiliza la versión 3.0 pero solo posee un documento que menciona la versión 2.4 está técnicamente en situación de incumplimiento ante una inspección, y plenamente expuesto a la multa de 7.500 €, aunque el software sea, en el fondo, conforme. Para los editores, la conclusión es operativa: emita un documento actualizado con cada versión mayor y asegúrese de que sus clientes lo reciben y lo conservan realmente.

Riesgo penal por documentos falsos

Más allá de la multa fiscal, un certificado o una declaración fabricado, antedatado o deliberadamente falso constituye un delito penal según el artículo 441-1 del Código Penal francés, castigado con hasta tres años de prisión y 45.000 € de multa. Este riesgo alcanza a ambas partes: al comerciante que presenta a sabiendas un documento falso a un agente, y al editor —incluido un editor extranjero— que fabrica o emite una declaración falsa o una copia falsa de un certificado.

A quién se dirige la multa

La multa de 7.500 € se dirige al usuario sujeto al IVA que posee el software no conforme. Pero cuando el incumplimiento proviene de una declaración defectuosa, se compromete la responsabilidad del editor que la emitió; y, si el documento era deliberadamente falso, se añade el riesgo penal anterior.

Reducir el riesgo

  • Disponer de un documento acreditativo actualizado, que corresponda exactamente a la versión en producción.
  • Reemitir el documento con cada versión mayor y transmitirlo a los clientes para que lo conserven; no dé por hecho que lo pedirán.
  • Conservar la documentación técnica y el historial de versiones, listos para presentarse con rapidez en una visita sin previo aviso.
  • Elegir con conocimiento de causa entre las dos vías de prueba, según sus clientes y su mercado.

No confundir con la facturación electrónica

Las sanciones descritas aquí pertenecen al régimen antifraude para el software de caja. Son independientes de las reglas y sanciones propias de la facturación electrónica. No mezcle los dos regímenes.

Próximos pasos

La mejor forma de evitar la multa es partir de una base técnica conforme. fiskaly SIGN FR cubre los cuatro requisitos ISCA —firma, registro inalterable, conservación y archivado— para que su medio de prueba resista una inspección. Pruebe la API gratis y sin compromiso, o hable con nuestro equipo.

Lecturas relacionadas: ¿Quién debe cumplir con la fiscalización francesa? Ámbito y exenciones, La fiscalización francesa explicada: las cuatro obligaciones ISCA, Recodificación del IVA del CGI al CIBS: impacto en el software de caja certificado.

Última actualización: octubre de 2026. Este artículo constituye una orientación general y no un asesoramiento jurídico ni fiscal. Verifique el ámbito y los requisitos aplicables consultando la doctrina vigente de la administración tributaria francesa (BOFiP, bofip.impots.gouv.fr) y el texto del artículo 286-I-3° bis del CGI en Légifrance.

Preguntas frecuentes

7.500 € por software o sistema de caja no conforme, según el artículo 1770 duodecies del CGI. Se aplica por producto, de modo que se multiplica en varios sistemas.

El artículo L. 80 O del LPF lo permite. Si no muestra un documento válido en el acto, el agente levanta un acta y dispone de 30 días para aportarlo; si lo hace, no se debe multa. En caso contrario, se aplica la multa de 7.500 €. Dispone de 60 días desde el día siguiente al acta para ponerse en conformidad antes de que pueda imponerse otra multa en un control posterior.

Solo si su certificado o declaración menciona la versión en uso. Un cambio que afecta al perímetro fiscal crea una nueva versión mayor que exige un documento actualizado; un documento de una versión anterior puede considerarse insuficiente en una inspección.

Sí. Un certificado o declaración deliberadamente falso es un delito penal (art. 441-1 del Código Penal): hasta tres años de prisión y 45.000 €, tanto para el comerciante que lo presenta como para el editor que lo emite.

La multa se dirige al comerciante que posee el software no conforme. No obstante, se compromete la responsabilidad del editor cuando el incumplimiento proviene de una declaración defectuosa.

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