SII o Verifactu: diferencias e implicaciones para desarrolladores de software en 2026

Camille Mendonça, Experta en fiscalidad en España
Camille MendonçaExperta en fiscalidad en España
4 min tiempo de lectura

En los últimos meses se ha vuelto a hablar mucho del SII (Suministro Inmediato de Información), que, aunque es un sistema vigente desde 2017, vuelve a estar sobre la mesa al presentarse como una alternativa a Verifactu. Esto plantea a las empresas desarrolladoras si ahora también deberían adaptar sus sistemas al SII para que los contribuyentes puedan elegir libremente a qué sistema optar. 

A lo largo de este artículo iremos desarrollando en qué consiste el SII y Verifactu, sus diferencias y, sobre todo, en qué difieren a nivel técnico y operativo, especialmente desde la perspectiva de integración y transmisión de datos.

¿Qué es el SII de la AEAT?

El SII (Suministro Inmediato de Información) es un sistema de la Agencia Tributaria (AEAT) que consiste en la remisión electrónica de los registros de facturación que forman parte de los libros registro del IVA, a través de la Sede Electrónica.

En lugar de llevar los Libros Registro internamente y declararlos después, el contribuyente envía esa información a la AEAT de forma casi inmediata. El objetivo es digitalizar el control del IVA, reducir errores y facilitar comprobaciones, ya que la AEAT dispone de la información con menos retraso.

¿Quién está obligado a cumplir con el SII?

El SII es obligatorio para determinados contribuyentes, especialmente los que, por su perfil fiscal, están sujetos a una mayor exigencia de control y reporte del IVA. De forma general, se asocia a:

  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
  • Grandes Empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €)
  • Grupos de IVA

¿Quién puede acogerse voluntariamente al SII?

Además de los casos obligatorios, el SII también permite adhesión voluntaria para empresas que, aun no estando obligadas, deciden operar bajo este sistema por razones de gestión interna o estrategia fiscal.

¿Qué es Verifactu?

Verifactu forma parte del marco del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF), desarrollado a partir de la Ley Antifraude 11/2021.

Su objetivo es asegurar que los sistemas informáticos de facturación cumplan requisitos técnicos antifraude que garanticen, entre otros puntos:

  • Integridad e inalterabilidad de los registros de facturación
  • Trazabilidad de los datos generados por el sistema
  • Encadenamiento y huella digital de los registros
  • Posibilidad de remitir registros a la AEAT en modalidad Verifactu

¿A quién afecta Verifactu?

Afecta principalmente a:

  • Empresas y autónomos con facturación inferior a los 6 millones de euros, que emiten facturas con un sistema informático (SIF)
  • Desarrolladores y proveedores de software de facturación, porque son quienes deben ofrecer sistemas adaptados a la norma.

¿Cuándo entrará en vigor Verifactu?

Tras la ampliación de plazos, Verifactu será obligatorio para contribuyentes en 2027:

  • 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
  • 1 de julio de 2027: resto de obligados tributarios

Sin embargo, la exigencia de que el software esté preparado ya se venía aplicando desde julio de 2025 y se seguirá aplicando para cualquier software de facturación nuevo o actualizado. Puedes leer más detalles aquí.

Diferencias clave entre SII y Verifactu, en términos técnicos y legales

Aunque ambos implican la remisión de información fiscal a la AEAT de forma inmediata, no son equivalentes ni persiguen exactamente lo mismo. Para un desarrollador, la diferencia clave no está solo en qué se envía, sino en cómo se construye el dato, con qué garantías y bajo qué reglas de sistema.

Objeto y finalidad de cada sistema

SII

  • Su foco es la gestión del IVA: reportar los registros que componen los Libros Registro.
  • Se orienta a control fiscal y gestión tributaria en base a registros de facturación.

Verifactu

  • Su foco es el software de facturación: asegurar que el sistema cumple requisitos antifraude.
  • Se orienta a evitar alteraciones y a garantizar trazabilidad e integridad desde el origen.

¿Qué datos se transmiten en cada caso?

SII

  • Se remiten registros a los Libros Registro de IVA, que incluyen información estructurada sobre facturas emitidas y recibidas, además de otras categorías.

Verifactu

  • Se remiten registros de facturación generados bajo reglas específicas de integridad, encadenamiento y huella del sistema (solo facturas emitidas)

La diferencia práctica para el software de facturación es que en el caso del SII el foco es contable, además de fiscal, mientras que con Verifactu el foco es estructural para garantizar la trazabilidad e integridad, es decir, no basta solo con enviar los campos correctos, sino que los registros deben seguir una estructura específica para prevenir el fraude fiscal.

Momento y lógica de envío

El SII funciona con una lógica de remisión en plazos cortos, directamente ligada a la gestión del IVA y a cuándo se contabilizan los registros. A esto se le conoce como reporting fiscal. 

Los plazos para el envío del SII son los siguientes:

  • Facturas emitidas: hasta 4 días naturales desde su expedición
  • Facturas recibidas: hasta 4 días naturales desde su contabilización
  • Bienes de inversión: hasta el plazo de presentación del último periodo del año
  • No cuentan sábados, domingos ni festivos nacionales.

En cambio, Verifactu apunta a una remisión a tiempo real e integrada con el propio flujo de emisión y registro de facturas del sistema, lo que lo convierte en un requisito de facturación con garantías antifraude, donde el XML se genera en el mismo momento exacto en que se emite la factura.

Implicaciones técnicas en el software de facturación

SII El software debe:

  • Generar el dato correcto
  • Mantener consistencia contable y fiscal
  • Permitir envío en plazo
  • Gestionar estados (aceptado/errores) con la AEAT
  • No require encadenamiento ni firma
  • El envío puede agrupar bloques de 10.000 facturas

Verifactu El software debe, además:

  • Construir registros con encadenamiento
  • Mantener evidencia de integridad
  • Voluntariamente, puede firmar los registros
  • Evitar que el sistema permita “borrar o alterar” sin trazabilidad
  • Mantener coherencia entre emisión, registro y remisión
  • El sistema puede agrupar lotes de facturas hasta 1000 facturas
  • Contar con una declaración de responsabilidad

Esto implica que Verifactu impacta el propio diseño del sistema, no solo el envío.

Complejidad real para proveedores de software

Si comercializas un ERP, POS o cualquier software que permita soportar procesos de facturación, el reto se multiplica porque en tu cartera puede haber:

  • Clientes obligados o adheridos a SII que busquen automatizar el envío de determinados Libros Registro.
  • Clientes que deberán cumplir obligatoriamente con Verifactu antes de 2027.
  • Y en paralelo, pronto deberás adaptar tu software a la futura Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece), además de normativas regionales como TicketBAI o NaTicket.

Por eso, mantener integraciones separadas para cada normativa suele traducirse en mayor complejidad técnica, más costes de mantenimiento y más fricción a la hora de actualizar los sistemas a los nuevos requisitos de las diferentes normativas.

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  • Verifactu
  • TicketBAI
  • NaTicket
  • La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)
  • SII

Así, en lugar de elegir una integración por normativa, puedes construir una base técnica sólida, flexible y preparada para distintos perfiles de contribuyentes, con un partner especializado que te acompaña cuando el panorama regulatorio evoluciona.

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