Facturación electrónica en Austria
La facturación electrónica B2G es obligatoria con los organismos federales. En B2B y B2C no se requiere a nivel nacional. El papel y el PDF siguen siendo válidos en el comercio B2B privado.
Fechas clave
- Enero de 2014
B2G federal obligatorio
La IKT-Konsolidierungsgesetz abarca los ministerios y organismos federales.
- Agosto de 2026
Sin obligación B2B nacional
No se ha publicado ningún proyecto legislativo. Peppol es voluntario; el papel y el PDF siguen siendo válidos.
- Julio de 2030
ViDA: declaración digital intracomunitaria
Plazo común a toda la UE; los sistemas nacionales ya existentes tienen hasta 2035 para adaptarse.
En detalle
La facturación electrónica B2G es obligatoria desde el 1 de enero de 2014 para los proveedores de organismos de la Administración federal, en virtud de la IKT-Konsolidierungsgesetz (Ley de Consolidación de las TIC). La obligación abarca los ministerios y organismos federales. Los estados federados (Länder) y los municipios (Gemeinden) no están obligados legalmente por ella; varios han adoptado de forma voluntaria la misma infraestructura de e-Rechnung.gv.at.
A fecha de agosto de 2026 no existe ninguna obligación nacional de facturación electrónica B2B, y no se ha publicado ningún proyecto legislativo. Las facturas electrónicas estructuradas pueden intercambiarse de forma voluntaria a través de Peppol; el papel y el PDF siguen siendo legalmente válidos en el comercio B2B nacional. El régimen austriaco de fiscalización RKSV, que es independiente, se delimita por el medio de pago y no por el tipo de cliente: toda operación cobrada en efectivo, con tarjeta o por medios electrónicos comparables debe registrarse en una caja registradora con firma electrónica y documentarse con un recibo, también cuando el comprador es una empresa.
Los formatos B2G aceptados son ebInterface (el estándar XML nacional de Austria, mantenido por AUSTRIAPRO) y Peppol BIS Billing 3.0, concretados mediante las especificaciones CIUS-AT NAT y CIUS-AT GOV. No hay una sanción económica específica por enviar una factura electrónica no conforme a un organismo federal: el sistema receptor rechaza las facturas no conformes, lo que retrasa el pago hasta que se reenvía una versión conforme.
El marco ViDA de la UE fija el 1 de julio de 2030 como plazo para la declaración digital obligatoria de las operaciones B2B intracomunitarias, y 2035 como plazo para que los Estados miembros con un sistema nacional ya existente lo adapten al estándar armonizado de la UE.
Última actualización: septiembre de 2026
Preguntas frecuentes
A fecha de agosto de 2026 no existe ninguna obligación nacional de facturación electrónica B2B, y no se ha publicado ningún proyecto legislativo. El papel y el PDF siguen siendo legalmente válidos en el comercio B2B nacional. Las facturas electrónicas estructuradas pueden intercambiarse de forma voluntaria a través de Peppol.
Los proveedores de organismos de la Administración federal deben enviar facturas electrónicas desde el 1 de enero de 2014. Los estados federados (Länder) y los municipios (Gemeinden) no están obligados legalmente; varios usan e-Rechnung.gv.at de forma voluntaria.
ebInterface y Peppol BIS Billing 3.0, concretados mediante las especificaciones CIUS-AT NAT y CIUS-AT GOV.
La RKSV se delimita por el medio de pago, no por el tipo de cliente: toda operación cobrada en efectivo, con tarjeta o por medios electrónicos comparables debe registrarse en una caja registradora con firma electrónica y documentarse con un recibo, también en las ventas a empresas.
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