Facturación electrónica en Italia
La facturación electrónica es obligatoria en B2G, B2B y B2C. Todas las facturas se validan en el SDI, en formato FatturaPA XML.
Fechas clave
- 2014
B2G obligatorio
Comienza la obligación nacional de facturación electrónica B2G.
- Enero de 2019
B2B y B2C obligatorios a nivel nacional
Toda factura se valida en el Sistema di Interscambio (SDI).
- Enero de 2024
Fin de la exención del regime forfettario
Todo sujeto registrado a efectos del IVA, sea cual sea su tamaño, debe transmitir sus facturas a través del SDI.
- Marzo de 2026
Ley 36/2026: primer paso de transposición de ViDA
Con vistas al plazo del 1 de julio de 2030 para la declaración digital intracomunitaria en toda la UE.
En detalle
La facturación electrónica B2G pasó a ser obligatoria en 2014. La B2B y la B2C pasaron a serlo, a nivel nacional, el 1 de enero de 2019. La exención transitoria para los pequeños autónomos que tributan a tanto alzado en el regime forfettario (ingresos inferiores a 25.000 €) expiró el 31 de diciembre de 2023; desde el 1 de enero de 2024, todo sujeto registrado a efectos del IVA, sea cual sea su tamaño, debe transmitir sus facturas a través del Sistema di Interscambio (SDI).
Toda factura, emitida o recibida, pasa por el SDI, la plataforma central de validación de la Agenzia delle Entrate, antes de llegar a la otra parte. Las facturas de proveedores no establecidos en Italia se declaran por separado mediante el esterometro, un mecanismo que en julio de 2022 pasó de la presentación trimestral a una presentación casi en tiempo real. Las facturas B2C también pasan por el SDI, con un código destinatario genérico; al consumidor se le puede entregar una copia en papel o en PDF, pero el documento legalmente válido es el XML presentado en el SDI.
No emitir la factura electrónica en una operación sujeta a IVA se sanciona con una multa del 70 % del impuesto adeudado (hasta el 1 de septiembre de 2024 era del 90 %), con un mínimo de 300 €. En las operaciones exentas o no sujetas a IVA, las multas van de 250 a 2.000 €. Existe además una obligación independiente de conservación digital durante 10 años (conservazione sostitutiva), cuyo incumplimiento se sanciona con multas de 1.000 a 8.000 €. Un envío rechazado por el SDI se considera no emitido, y hay un plazo de cinco días para corregirlo y volver a enviarlo.
La Ley 36/2026, publicada el 17 de marzo de 2026, es el primer paso legislativo de Italia para transponer la reforma ViDA de la UE, antes de que llegue el plazo del 1 de julio de 2030 para la declaración digital de las operaciones intracomunitarias en toda la UE.
Última actualización: septiembre de 2026
Preguntas frecuentes
Sí, para los sujetos registrados a efectos del IVA. El B2G es obligatorio desde 2014, y el B2B y el B2C, desde el 1 de enero de 2019. La exención del regime forfettario para autónomos con ingresos inferiores a 25.000 € terminó el 31 de diciembre de 2023. Desde el 1 de enero de 2024, todo sujeto registrado a efectos del IVA debe transmitir sus facturas a través del SDI.
El Sistema di Interscambio (SDI) es la plataforma central de validación de la Agenzia delle Entrate. Toda factura, emitida o recibida, pasa por el SDI antes de llegar a la otra parte. En B2C, el documento legalmente válido es el XML presentado en el SDI, aunque al consumidor se le entregue una copia en papel o en PDF.
Un envío rechazado por el SDI se considera no emitido, y hay un plazo de cinco días para corregirlo y volver a enviarlo.
En una operación sujeta a IVA, la multa es del 70 % del impuesto adeudado (con un mínimo de 300 €). En las operaciones exentas o no sujetas a IVA, las multas van de 250 a 2.000 €. Incumplir la conservazione sostitutiva conlleva multas de 1.000 a 8.000 €.
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